DAFIM


Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal


Según el artículo 97 del Código Municipal, la DAFIM, es la dependencia responsable de una eficiente formulación, ejecución y liquidación del presupuesto, el cumplimiento de la legislación de la recaudación de los arbitrios, tasas y contribuciones, así como respaldar adecuadamente todos los egresos conforme a la planificación y el debido registro para la rendición de cuentas a nivel interno y externo tanto a las entidades rectoras como fiscalizadores y principalmente a la población del municipio.

Los objetivos principales de la DAFIM son:

Coordinar con el Ministerio de Finanzas Públicas, ente rector de la administración y control financiero del Estado, la aplicación en la municipalidad de los principios, normas, sistemas y procedimientos para la administración financiera integrada y transparente, específicamente con el Sistema Integrado de Administración Financiera y Control, SIAF, la Dirección Técnica del Presupuesto, la Dirección de Contabilidad del Estado, la Tesorería Nacional y además con la Contraloría General de Cuentas.

Contribuir a que la Municipalidad disponga de los recursos financieros para cumplir con sus planes a corto, mediano y largo plazo y su correcto manejo.

Velar por la aplicación, coherencia y desempeño de los principios, normas, sistemas y procedimientos legales establecidos por los entes rectores de los sistemas de administración financiera del Estado.

Fortalecer conjuntamente con la Comisión de Finanzas del Concejo, la Dirección Municipal de Planificación, el proyecto de Presupuesto Municipal.

Velar por el cumplimiento de la gestión administrativo-financiera de las dependencias municipales y que se cumpla con la debida administración de la deuda pública municipal, la cuenta única del tesoro municipal, las transferencias públicas, flujos de caja, fondos rotativos, el proceso de recaudación y liquidación de impuestos, tasas, arbitrios y contribuciones, así como autorización de apertura de cuentas bancarias.

Garantizar que la Planificación y coordinación de los sistemas de registro e información financiera, así como los recursos de computación, sean los adecuados para los servicios que prestan, así como analizar, evaluar y enviar al Alcalde y Concejo Municipal, los estados financieros e informes de la política financiera.

Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal sobre administración y políticas financieras y colaborar con las autoridades en la preparación y presentación oportuna de informes financieros y de resultados, que la ley ordena.

Establecer en coordinación con el Ministerio de Finanzas, el INFOM, el INAP, ANAM, Y AGAAI, capacitación a los funcionarios y funcionarias, empleados y empleadas municipales, para la aplicación plena de las leyes nacionales, del Código Municipal y sus reformas y de los paquetes de procesamiento computarizado de información para el desarrollo de la municipalidad.

Cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico financiero del municipio, la recaudación y administración de los ingresos municipales, la gestión de financiamiento, la ejecución presupuestaria y control de los bienes comunales y patrimoniales del municipio.

Funciones de la DAFIM:

De acuerdo a los artículos 97 y 98 del Código Municipal, son competencia y funciones de la DAFIM, las siguientes:

Proponer al Alcalde Municipal, en Coordinación con la Dirección Municipal de Planificación, la política presupuestaria y las normas para su formulación, coordinando y consolidando la formulación del proyecto de presupuesto de ingresos y egresos del municipio, en lo que corresponde a las dependencias municipales.

Rendir cuenta al Concejo Municipal, en su sesión inmediata, para que resuelva sobre los pagos que haga por orden del Alcalde y que, a su juicio, no estén basados en la ley, lo que lo eximirá de toda responsabilidad con relación a esos pagos.

Programar el flujo de ingresos y egresos con base a las prioridades y disponibilidad de la municipalidad, en concordancia con los requerimientos de sus dependencias municipales, responsables de la ejecución de programas y proyectos, así como efectuar los pagos que estén fundamentados en las asignaciones del Presupuesto Municipal, verificando previamente su legalidad.

Llevar el registro de la ejecución presupuestaria y de la contabilidad de la municipalidad y preparar los informes analíticos correspondientes.

Remitir a la Contraloría General de cuentas, certificación del acta que documenta el corte de caja y arqueo de valores municipales, a más tardar cinco (5) días hábiles después de efectuadas esas operaciones.

Evaluar cuatrimestralmente la ejecución del presupuesto de ingresos y egresos del municipio y proponer las medidas que sean necesarias.

Efectuar el cierre contable y liquidar anualmente el presupuesto de ingresos y egresos del municipio.

Recaudar, administrar, controlar y fiscalizar los tributos y, en general, todas las demás rentas e ingresos que deba percibir la municipalidad, de conformidad con la ley.

Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en materia de administración financiera.

Mantener una adecuada coordinación con los entes rectores de los sistemas de administración financiera y aplicar las normas y procedimientos que emanen de éstos.

Elaborar y mantener actualizado el registro de contribuyentes en coordinación con la Dirección Municipal de Planificación, específicamente con la Sección de Catastro Municipal.

Informar al alcalde y a la Dirección Municipal de Planificación sobre los cambios de los objetos y sujetos de la tributación.

Administrar la deuda pública municipal.

Administrar la Cuenta de Caja Única, basándose en los instrumentos gerenciales, de la Cuenta única del Tesoro Municipal.

Elaborar y presentar la Información financiera que por ley le corresponde.

Adicionalmente a lo establecido en el Código Municipal la DAFIM debe Cumplir y hacer cumplir las normas, sistemas y procedimientos establecidos en el Manual de Administración Financiera –MAFIN- emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas.

La Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal –DAFIM- se divide en dos áreas: El área Administrativa compuesta por Sección de Compras,  sección de Almacén de Suministros, Sección de Bodega de Materiales y la Sección de Control Patrimonial o Inventarios y el área financiera compuesta de: Tesorería, Contabilidad y Presupuesto.